Matioli sobre aumento de Prepagas: “Cada persona es libre de elegir, y más cuando se trata de patologías graves”

La abogada y miembro de la Comisión de Discapacidad del Colegio de Abogados de la provincia de Buenos Aires, María Silvina Mattioli, se refirió al aumento excesivo de la cuota de prepagas que estableció el Decreto 70/23 de diciembre.
En ese sentido el Juzgado Civil y Comercial Federal N°3 a cargo del juez Juan Rafel Stinco admitió el pedido de la Superintendencia de Seguros de Salud y decretó una medida cautelar que obliga a un grupo de empresas de medicina prepaga a retrotraer los aranceles a diciembre.
“Hace unos días atrás se establece la resolución 1/24 de la Secretaría de Industria de Comercio que obliga, no solamente a OSDE sino también a las medicinas prepagas que están denunciadas, entre otras a Galeno, Swiss Medical, Hospital Britanico y Hospital Alemán, a que retrotraigan sus cuotas a diciembre del 2023 y se aplique un límite de precios al consumidor”, repasó la docente.
Según Mattioli, existió “un poco de especulación” y se pensó que las empresas iban a apelar por lo que calificó a la resolución de “confusa”, por eso se dio el fallo del Juez Stinco, que es de la “Superintendencia de Servicios de Salud c/ Osde y otros sobre amparo”.
De acuerdo a esto, explicó que se dispuso “no aumentar más los valores a las cuotas y retrotraerlas a diciembre de 2023 pero aparte tienen cinco días para armar un plan de pago de cómo devolver el dinero a los usuarios y consumidores”.
“Cuando hablamos de las defensas del consumidor de la medicina prepaga, podemos ir por la vía judicial pero también tenemos las vías no judiciales, como ser la defensa del consumidor o la defensoría del pueblo, o si no la vía judicial a través de la acción de amparo, hay que resaltar la disponibilidad y la característica de cada persona, si es madre sola, si tiene una patología grave, si es jubilado, si presenta discapacidad, hay que dar una característica de cada caso en concreto”, detalló la letrada.
Sobre la posibilidad de optar por el servicio público de parte de los usuarios y consumidores, Matioli estableció un parámetro claro vinculado a un derecho que asiste a quienes fueron contratantes del servicio de salud privado en forma preexistente.
“Cada una de las personas es libre de elegir, y más cuando se trata de patologías graves. El servicio público está superpoblado y hay quienes no pueden ir al servicio público, por lo que hay que analizar cada caso en concreto. Hay quienes necesitan estar en el sistema privado”, añadió.
La Justicia ahora deberá resolver cada caso en particular. “Esto debe definirse y dar luz para saber qué se debe realizar de ahora en más, y acudir a la Defensoría o la acción de amparo”, agregó.
En tal sentido, Matioli sugirió que, como hay medicinas prepagas que enviaron vía correo electrónico notificaciones a los usuarios para informar sobre la devolución de los montos cobrados mediante el DNU 70/23, se aguarde para poder detenerse en casos puntuales.
En ese orden, exhortó a cada colega a que “entienda que no hay modelos de amparo”. “Todos estamos en una brecha bastante gris si se quiere, y no sabemos para donde disparar. Necesitamos la acción de amparo, pese a este fallo que salió de la Superintendencia, realmente hay personas que la están pasando muy mal y necesitan del amparo”, concluyó.
Todo usuario o consumidor que haya sufrido un perjuicio con los abusivos aumentos puede acceder al Colegio de Abogados de su jurisdicción, donde recibirán atención de parte de abogados públicos, es decir sin la necesidad de abonar honorarios.
De acuerdo a lo expuesto por la Dra Matioli, en virtud de la población vulnerable, cabe aclarar que el derecho de igualdad ante la ley y el principio de no discriminación se encuentran previstos en la Constitución Nacional (artículos 16, 37 y 75 incisos 2, 19, 22 y 23) y en diversos instrumentos internacionales que gozan de igual jerarquía.