Modo Universitario analizó las repercusiones políticas de la condena a la ex presidenta

La noticia sobresaliente de la semana en materia política es sin dudas la confirmación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) de condenar a la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner a cumplir la pena de 6 años de prisión además de la inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos, en el marco de la causa que se conoce como “Vialidad”.
“Modo Universitario” analizó el escenario en entrevista con el docente, licenciado en Periodismo de la Facultad de Ciencias Sociales UNLZ y director periodístico del medio “Política Argentina”, Marcelo Rielo, quien hizo foco en aspectos centrales del suceso.
Respecto al rol de la CSJN, Rielo cuestionó la forma en que se expresó el máximo tribunal, que según él fue “refiriéndose a la cuestión de fondo con una serie de interpretaciones poco académicas en términos jurídicos”.
También guardó un párrafo para hacer foco en el rol que ocuparon algunos medios de comunicación y periodistas referentes de las empresas de información, en cuanto que trascendió “la situación posible de que el fallo había sido informado previamente a periodistas”, incluso “con un audio de un miembro de la Corte” como adelanto.
Respecto a la arena política, el Partido Justicialista llevó hoy una reunión clave de la que participaron referentes, incluso aquellos que desde hace tiempo mantenían cierta distancia de la figura de la ex mandataria, lo que se puede leer como un gesto de unidad no sólo de cara a las elecciones intermedias de este año, si no para respaldar a Fernández de Kirchner.
Incluso, el cónclave podría responder a un interrogante que se arrojó a escena desde que se conoció el fallo de la Corte Suprema, el martes por la tarde. Es que, según el analista político consultado por Radio Conurbana, existen “presiones periodísticas hacia la Justicia, incitándola para que desafilie” a la dos veces presidenta de la Nación del PJ.
La Ley 23.298 sancionada en 1985, es la Ley orgánica de partidos políticos, y en su artículo 51, en cuanto la extinción posible de estas fuerzas, el inciso C establece que podrán dejar de existir “cuando autoridades o candidatos no desautorizados por aquellas, cometieran delitos de acción pública”.
En suma, la ex mandataria es la presidenta del PJ a nivel nacional, y no se descarta que, desde diferentes sectores opositores a ella, se juegue una carta que promueva que la Justicia defina la desarticulación por completo del peronismo en su estructura partidaria y lo haga desintegrarse.
“Ante el vericueto legal que indica que los partidos políticos tienen un margen de maniobras para el resguardo de su vida institucional, no se descarta que se sugiera que, según aspectos legales, la Justicia extinga partidos que se revelen ante determinadas órdenes”, concluyó Rielo.
En un fallo de 27 páginas, la CSJN describió sus argumentos para avalar el proceso en los tribunales inferiores y dejó en claro que no se había vulnerado ningún derecho constitucional.
La defensa de Fernández de Kirchner en su apelación resaltó que se habían violado varios principios y derechos constitucionales, como la falta de independencia e imparcialidad de los jueces y fiscales, y la violación del principio acusatorio y de congruencia, lo que implicaría que tanto la acusación como la sentencia no coincidan en los hechos.
¿Por qué se condenó a Cristina Fernández? Se la consideró responsable del delito de “administración fraudulenta en perjuicio del Estado” en una causa que investigó 51 licitaciones de obra pública en la provincia de Santa Cruz. Su defensa, en tanto, había presentado el recurso ante el máximo tribunal luego de que la Cámara de Casación lo rechazara.