Sangermano: “La mediación es un método alternativo para resolver conflictos y evitar el juicio»

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La mediación prejudicial es obligatoria por ley en la provincia de Buenos Aires y según registros oficiales, el distrito de Lomas de Zamora es uno de los que mayor actividad tiene en esa materia.

 

“Derecho y Sociedad” dialogó con la abogada y docente María Laura Sangermano, que se desempeña como mediadora prejudicial y es árbitro institucional del Colegio de Abogados de Lomas de Zamora (CALZ), quien destacó los alcances de esta actividad y describió cómo llevan adelante la tarea a diario.

 

Según la letrada, en el ámbito judicial, si bien un juez resuelve el conflicto, “a veces eso genera un desgaste anímico entre las partes” y resaltó que con esta medida se ponen en práctica “soluciones de tipo creativas”.

 

“Le damos un protagonismo especial a las partes para que puedan expresarse y contar cuáles son los intereses y qué otras necesidades están en juego”, indicó en charla con Radio Conurbana y enfatizó: «La mediación es un método alternativo para resolver conflictos y un cambio de paradigma para evitar el juicio.»

 

La docente de Derecho indicó que se pretende ejercer el rol de “facilitadores de la comunicación” entre quienes son parte de un conflicto y guardó un párrafo para señalar que entre las dificultades que se presentan se encuentra el accionar de espíritu litigioso que llevan consigo los abogados.

 

“Muchas veces el problema no está en las partes, si no en el rol que asume el abogado, porque en la mediación el rol es distinto al que debe ejercer en el litigio», sostuvo y ponderó el trabajo de cada mediador, que para su labor debe tener matrícula otorgada por el ministerio de Justicia y Derechos Humanos bonaerense, además de la requerida capacitación continua para “poner su conocimiento a disposición de la comunicación de las partes, de forma neutral, imparcial y confidencial”.

 

En ese sentido, subrayó: “Se trata de cuestiones que, muchas veces hablándoles, logrando que las partes puedan ver el conflicto desde otra perspectiva, pueden arribar a un acuerdo».

 

Según lo establece la Ley provincial 13.951, la mediación se caracteriza por los principios de imparcialidad, neutralidad, confidencialidad y consentimiento informado y es el Estado quien debe proveer la capacitación, utilización, difusión, promoción y desarrollo de esta actividad como método de resolución de conflictos.