Violencia de género y familiar: Desde el Foro de Jueces de Paz de Provincia resaltaron las disposiciones que se aplican para garantizar que se cumplen medidas cautelares

Según un informe sobre Violencia de Género y Familiar en la provincia de Buenos Aires, elaborado por el Ministerio Público, durante el período 2015- 2025 se registraron más de 1000 mujeres asesinadas producto de la violencia de género (1.010 víctimas). De ese modo, estos datos oficiales revisten relevancia en la medida que visibilizan la dimensión y las características de estos delitos que preocupan a toda la sociedad y sus instituciones en territorio bonaerense.

 

“Derecho y Sociedad” dialogó con el juez y presidente del Foro de Jueces de Paz de la Provincia, Javier Pablo Heredia, quien hizo referencia a este flagelo y explicó que, debido a este aumento de casos en el último tiempo, se han aplicado instrumentos legales ante la “desobediencia a las órdenes judiciales en contexto de violencia familiar y de género”.

 

“La ley impone a los jueces civiles de Familia o de Paz la tarea de la supervisión de las medidas cautelares dictadas en protección y si no se cumplen, debemos controlar la eficacia de la medida o arbitrar otras para profundizarlas, perfeccionarlas y mejorarlas para que se materialicen”, resaltó en charla con Radio Conurbana al tiempo que destacó que desde que ocupa funciones como juez –en 2013- se ha registrado “una baja en la reincidencia y desobediencia”.

 

El magistrado hizo mención a la Ley 12.569 de Violencia Familiar que rige en la provincia de Buenos Aires y que trae aparejada una serie de sanciones civiles a cargo de los jueces de los mencionados fueros para aplicar en caso de desobediencia de esas medidas. Así, indicó que hay “una especie de cheque en blanco ante artículos que dejan en la discrecionalidad de los jueces, dictar medidas libres para poder aplicar en protección de la víctima”.

 

“Hemos llegado a dictar cautelares que implican que el agresor que desobedeció sistemáticamente una medida, no pueda vivir en la misma localidad que la víctima y también ante otras violencias que aparecen por medios digitales, ordenamos el secuestro de dispositivos o la prohibición de contar con internet en el domicilio, para evitar que repita esos actos de violencia y amenazas”, describió.

 

Heredia hizo referencia a limitaciones por parte del Poder Judicial, como déficit a la hora de contar con un servicio de salud mental, falta de recursos para proveer ayuda económica a la víctima e o dispositivos electrónicos para aplicar a agresores, por lo que subrayó que se necesitan “otros actores que se involucren positivamente para coordinar la implementación de esas herramientas”.

 

Por último, resaltó la importancia de reparar y resarcir, para “devolverle a la sociedad algo del daño que se comete al ejercer violencia” porque según indicó “no se trata de un problema privado si no que es un ataque a toda la sociedad”.

 

“Las distintas medidas están descriptas en el ART 7 de la ley 12.569, y el inciso n) dice que el juez podrá dictar cualquier otra medida tendiente a cesar la violencia, ese es el cheque en blanco para repensar medidas que una vez fracasadas las tradicionales, se puedan implementar innovando en cuestiones”, sumó y concluyó: “La multa económica puede ser una de las medidas posibles ante la desobediencia de la medida cautelar”.

 

Según el Registro Único de Casos por Violencia de Género de la provincia de Buenos Aires, las comisarías y fiscalías bonaerenses reciben a diario alrededor de 300 denuncias vinculadas a agresiones hacia mujeres y niñas.